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Varios cambios impositivos están incluidos en el nuevo presupuesto para el año 2019.

En diálogo con iProfesional, César Hallladjian, consultor tributario, detalló las modificaciones impositivas propuestas en el Presupuesto 2019 y el paquete económico que ya ingresó al Senado y cuenta con media sanción de Diputados.

Bienes Personales

- Se prevé un esquema de alícuotas progresivas (0,25% a 0,75%). Por encima de los $18.000.000 de bienes gravados, la alícuota será del 0,75%, con independencia de si los bienes están en el país o el exterior y si el contribuyente entró o no en el sinceramiento fiscal.

- Se exime de Bienes Personales a los inmuebles rurales, con independencia del destino que se les den (inexplotados - arrendamiento - afectados a explotación o contratos asociativos).

Recordemos que a partir de 2019 los inmuebles rurales pertenecientes a personas humanas tampoco tributarán Ganancia Mínima Presunta, por aplicación del artículo 76 de la ley 27.260 de sinceramiento fiscal.

- Cambia la forma de valuación de los inmuebles locales, poniendo un tope a la valuación fiscal, que no podrá superar la valuación fiscal del 2017 más la inflación posterior.

"Esta norma tiene su razón de ser en el fuerte revalúo inmobiliario que tuvo lugar en Provincia de Buenos Aires en 2018. Esta norma tiene aplicación para la liquidación 2018", advierte Halladjian.

- El nuevo mínimo no imponible será de $2.000.000

- Los cambios tienen aplicación a partir de 2019, salvo el comentado tope a la valuación fiscal que se aplicará en 2018.

Impuesto a las Ganancias - Ajuste por inflación

En este caso, no hay mayores novedades respecto al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo y el dictamen de comisión:

- Se habilita el ajuste por inflación contable,

- Se modifican las cláusulas para aplicar el ajuste por inflación impositivo. En 2018 se aplicará si la inflación minorista supera el 55%.

- El ajuste específico por alta de bienes de uso y otros activos adquiridos para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2018 se mantiene pero se aplicará el índice de inflación minorista, que este año es menor al mayorista.

Cambios específicos contenidos en el Presupuesto 2019

Entre otros cambios, destacamos:

- Se imponen derechos de exportación a las exportación de servicios. La base imponible será el monto de la factura, con lo cual no se prevé descontar el withholding tax que sufre el exportador de servicios.

- El tope para la devolución del crédito fiscal IVA acumulado como saldo a favor por inversiones será de $15.000 millones durante 2019.

- Se prorroga hasta septiembre 2019 el reemplazo de montos fijos por Unidades de Valor Tributario (UVT).

- Para determinadas actividades de medios, se permite el pago a cuenta en el IVA de las contribuciones de seguridad social.

- Se introducen modificaciones diversas en impuestos internos.

- Se exime en el IVA a las empresas constructoras de viviendas sociales.(fuente iprofesional.com)

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