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Mañana viernes 27 de abril, en el Salón Auditorio “Raúl Senosiaín” del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Corrientes, se realizará la Asamblea General Ordinaria y Acto Eleccionario de Renovación Parcial del Consejo Directivo y Tribunal de Ética, a partir de las 08,00hs.

El texto completo de la resolución respectiva es el siguiente

CONVÓCASE a los Matriculados del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Corrientes, a la Asamblea General Ordinaria y Acto Eleccionario de Renovación Parcial del Consejo Directivo y Tribunal de Ética, a realizarse el 27 de Abril del año 2.019, a las 08,00 en Carlos Pellegrini 1150-Corrientes, conforme a lo establecido en la Ley Nº 3409/78 que reglamenta el ejercicio profesional en la provincia para considerar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

  1. DESIGNACIÓN DE DOS (2) MATRICULADOS PARA REDACTAR Y SUSCRIBIR EL ACTA DE ASAMBLEA.
  2. CONSIDERACIÓN DE LA MEMORIA Y ESTADOS CONTABLES DEL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2.018 CONSIDERACIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL DE RECURSOS Y EROGACIONES DEL AÑO 2019:
  3. a)     CONSIDERACIÓN DE LA RESOLUCIÓN Nº 164/18 (RG) (DEP)
  4. b)     CONSIDERACIÓN DE OTROS RECURSOS.
  5. c)     CONSIDERACIÓN OTROS ITEMS DEL PRESUPUESTO.
  6. CONSIDERACIÓN BALANCE SOCIAL 2018
  7. DESIGNACIÓN AUDITOR DE LOS ESTADOS CONTABLES DEL EJERCICIO 2019.
  8. DESIGNACIÓN AUDITOR DEL BALANCE SOCIAL DEL EJERCICIO 2019.
  9. RENOVACIÓN PARCIAL DEL CONSEJO DIRECTIVO Y TRIBUNAL DE ÉTICA DE LOS SIGUIENTES CARGOS:

CONSEJO DIRECTIVO

  1. a)     POR TERMINACIÓN DE MANDATOS:

         VICEPRESIDENTE: 1 (uno)

                     Miembros Titulares:     4 (cuatro)

                         Miembros Suplentes:   3 (tres)

  1. b)     POR EL TERMINO DE 2 AÑOS POR RENUNCIA:

                     Miembros Titulares 1 (uno)

TRIBUNAL DE ÉTICA

  1. a)       POR TERMINACIÓN DE MANDATOS

                     Miembro Titular:         2 (dos)

                         Miembros Suplentes:   1 (uno)

La Asamblea funcionará con la presencia de más de un tercio de los inscriptos con derecho a voto. Si en la primera citación no concurriese suficiente número, bastará la presencia de los miembros que concurran a la siguiente, que se realizará una hora después de la primera, para que se constituya válidamente.

NOTAS: 1) Artículo 6º de la Ley 3409/78 “No son elegibles ni pueden ser electores en ningún caso: a) Los graduados inscriptos en la matrícula que adeuden la cuota anual establecida en el artículo 59º ”. A tal efecto se ha fijado el 21 de marzo del año dos

mil diecinueve, a la hora 13,00 como plazo máximo de regularización de pago, que incluye la sexta cuota del derecho de ejercicio profesional del año 2018.

2) “El voto es secreto y obligatorio” artículo 6º de la Ley Nº 3409/78.

3) Se encuentra a disposición de los señores matriculados la Resolución Nro. 161/78, modificatorias Nros. 652/89, 1.266/12 y 1.321/14 reglamentarias del Acto Eleccionario.

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