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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este lunes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución General 4624, la creación del Registro Único Tributario-Padrón Federal.

El registro estará integrado por los contribuyentes alcanzados por los impuestos nacionales cuya percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la AFIP; El impuesto sobre los ingresos brutos cuya aplicación se encuentra a cargo de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral; Y por último los tributos municipales que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de servicios de las jurisdicciones adheridas.

Así se efectiviza el acuerdo al que había arribado el Gobierno nacional con organismos provinciales durante el mes de noviembre del 2018.

La flamante norma establece que los datos que contendrá el Registro sobre cada contribuyente serán: el CUIT, el domicilio legal/legal, el domicilio fiscal, el domicilio fiscal electrónico, impuestos y/o régimenes fiscales y nacionales, impuesto sobre los Ingresos Brutos, los datos identificatorios y la información suministrada por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral y por las administraciones tributarias locales adheridas.

Por otra parte, el Registro permitirá consultar y administrar bajas y modificaciones de los datos contenidos y emitir una constancia de inscripción y evitará las inscripciones múltiples.

La norma oficializa el "Registro Único Tributario-Padrón Federal", disponible en el ámbito del "Sistema Registral", con el fin de promover la simplificación y unificación de las inscripciones y registros de los contribuyentes del orden tributario nacional y de las administraciones tributarias locales, que adhieran al mismo mediante convenios o normas particulares.

(FUENTE Y NOTA COMPLETA EN iprofesional.com)

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