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De acuerdo a la Resolución Nº 337/2020, emitida por el Ministro Secretario General de la Provincia de Corrientes, se interpreta que quedan comprendidos en la excepción del cumplimiento del “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, los contadores públicos afectados a las actividades y servicios de las obras públicas y privadas previstos por el Art. 5 incisos 11, 12 y 13 el Decreto N°350/2020.


La ley 6528 había establecido la emergencia sanitaria en toda la provincia por el COVID 19, mientras que por decreto 650/2020 se sumó a las medidas de AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO.
Luego se establecieron las exenciones a estE aislamiento, precisamente una de ellas es el DNU 297/20se habilitan con ciertas restricciones la actividad en la obra pública y privada entendiéndose que ese nuevo movimiento incluye a profesionales como ingenieros, arquitectos y contadores.
Por lo tanto, a través de esta resolución se exceptúa del cumplimiento del aislamiento a estos profesionales con una serie de requisitos y condiciones.

- Este es el texto completo de la Resolución N°337/2020

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