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Desde la AFIP adelantaron que los créditos a tasa cero para autónomos y monotributistas recién estarán disponibles a partir de la semana próxima. El organismo es el que debe validar quiénes son los contribuyentes que pueden acceder al beneficio.
El trámite para acceder al crédito se debe realizar a través de la página web de la AFIP, con clave fiscal.
Una vez confirmados los datos, si el contribuyente está habilitado tendrá que ingresar su CBU. Esos datos serán transmitidos al Banco Central que será el encargado de solicitar a cada banco que acredite los montos correspondientes en las tarjetas de cada beneficiario.
El Banco Central dispuso que los créditos deberán ser acreditados por los bancos dos días hábiles después de que el cliente los solicite.
El saldo se acreditará directamente en la tarjeta de crédito del beneficiario y será por un monto correspondiente al 25% de la facturación anual de la categoría en la que está inscripto con un tope de 150.000 pesos.
Si la persona no cuenta una tarjeta de crédito, el banco deberá emitir una tarjeta de crédito con un límite de compra al menos igual a la financiación que se le acredita, sin costo (excepto que el cliente realice consumos por montos superiores al importe acreditado).
Reglamentación
A través de la decisión administrativa 663/2020, el Gobierno amplió las actividades que pueden percibir el subsidio laboral y reglamentó los créditos para autónomos y monotributistas.
A través de la flamante norma publicada este domingo en el Boletín Oficial, se informa que se procedió a la reevaluación de sectores que no fueron incorporados en actas anteriores, y respecto de las cuales puedan advertirse caídas significativas en los niveles de actividad o afectación general de la misma conforme diversos indicadores de su facturación en el periodo de la emergencia (mediana, cuartiles y promedios ponderados), a fin de ser beneficiarios del Programa, previo cumplimiento de los correspondientes requisitos. (fuente iprofesional)

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