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En respuesta a sugerencias de sus matriculados, el CPCE exime del pago del Derecho de Autenticación de Firmas (DAF) de las Certificaciones e Informes mediante Declaración Jurada donde conste que el cliente fue afectado por los incendios, la que será analizada por el Consejo Profesional para su aprobación.

Todo esto según Resolución General del CPCE N 357/22. Esta es nuestra manera de contribuir con los damnificados.

R 357 CPCE 2

 

R 357 CPCE

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