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El Gobierno nacional define un plan de "moratoria integral" que permita tanto a pequeñas y grandes empresas empezar a producir y resguardar el empleo en la pospandemia y analiza la implementación de herramientas flexibles para atender sectores críticos y heterogéneos afectados por la pandemia como el turismo, el entretenimiento y las industria culturales.
Fuentes oficiales informaron que ese fue parte del temario que se analizó en la reunión de gabinete económico que encabezó el presidente Alberto Fernández en la residencia de Olivos, en la que se hizo un seguimiento de las medidas tomadas para mitigar los efectos de la pandemia.
Los voceros del encuentro consultados tras la reunión explicaron que se analizó con el Presidente el plan de moratoria integral de la AFIP, diseñado con "el objetivo de que las empresas de todos los tamaños puedan empezar a producir, cuidando el empleo".
El proyecto que el Poder Ejecutivo enviará "en breve" al Congreso para su tratamiento se delineó entendiendo las consecuencias de la pandemia en la actividad económica, para lo cual "esta herramienta es fundamental para que las empresas y los comerciantes puedan continuar su producción", resaltaron las fuentes.
El trabajo del gabinete económico en una moratoria general sigue la línea que planteó el Presidente a mediados de junio, cuando anticipó que el Gobierno evalúa lanzar una moratoria impositiva "para todo el mundo", una vez que se levante la cuarentena para enfrentar el avance del coronavirus.
Detalles de la súper moratoria 2020
Desde Tributum, Mario Goldman Rota señala que "como primera conclusión, denotamos que han sido claramente plasmadas -con creces, pero también con nuevas restricciones- las solicitudes de su flexibilización desde diversas entidades profesionales, cámaras empresarias y artículos de doctrina en sus aspectos nodales; entre otras: extensión del plazo de adhesión, extensión del corte y tipo de obligaciones a incluir, baja de la tasa de interés, inclusión de todos los contribuyentes y limitación en la delegación de facultades.
Cararacterísticas centrales de la nueva moratoria
Sujetos no PyMEs: se incorporan en los beneficiarios pero con condiciones diferenciales (menor cantidad de cuotas, pago a cuenta, causales de caducidad -cuotas impagas y restricciones patrimoniales-)
Obligaciones: se extienden 6 meses aquellas vencidas al 30/11/2019 por aquellas acaecidas al 31/05/2020.
Plazo de acogimiento: se extiende del 30/04/2020 (luego prorrogado al 30/06/2020 por Decreto 316/2020) al 31/10/2020.
Primera cuota plan de pagos: se sustituye aquella variable en función del sujeto, deuda y plan, por una única fecha para todos al 16/11/2020.
Condonación de intereses y multas: armónicamente condona las multas y demás sanciones cometidas por obligaciones vencidas al 31/05/2020.
Súper Moratoria AFIP 2020: tasa, plazos y obligaciones
Tasa de interés: se reduce del 3% al 2% mensual hasta el mes de enero 2021 y se precisa que la tasa BADLAR es en pesos.
Obligaciones: se incorporan expresamente deudas por decaimiento de regímenes promocionales, impuestos de combustibles y apuestas.
Condonaciones de intereses y multas, y sus topes: no se modifica ni su alcance, como así tampoco sus porcentajes. Concordantemente, extiende los plazos temporales del 30/11/2019 al 31/05/2020 (10% del capital adeudado)
Condiciones especiales Grandes empresas o PyMEs SIN certificado:
Aportes SUSS, retenciones o percepciones impositivas y seguridad social: 48 cuotas (MiPyMEs 60)
Demás obligaciones: hasta 96 cuotas (MiPyMEs 120)
Pago a cuenta: es condición indispensable (MiPyMEs puede tener pago a cuenta o no)
Caducidad: 4 cuotas (MiPyMEs 6)

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